Puebla, Pue. El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que la exalcaldesa de Acatlán, Guadalupe Lucero Bárcenas, y quien fuera secretario del Ayuntamiento no incurrieron en violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la exregidora Maricruz Bello Nacer.
La resolución distingue entre las conductas atribuidas a los exfuncionarios municipales y las expresiones difundidas desde redes sociales, pues el Tribunal sí acreditó este tipo de violencia en dos perfiles de Facebook incluidos en los procedimientos.

Exalcaldesa y exsecretario quedan fuera de responsabilidad
El fallo representa un resultado adverso para los señalamientos formulados por Maricruz Bello Nacer contra Guadalupe Lucero Bárcenas y el exsecretario municipal, ya que el TEEP declaró inexistente la violencia política de género atribuida a ambos dentro de los expedientes analizados.
Con ello, el Tribunal separó las acusaciones dirigidas contra quienes formaron parte de la administración municipal de Acatlán de las conductas detectadas en espacios digitales.
Dos perfiles de Facebook sí incurrieron en violencia política
La resolución tuvo un resultado diferente respecto de dos perfiles de Facebook, pues el órgano jurisdiccional consideró acreditada la violencia política de género contra la exregidora en esos espacios digitales.
La determinación evidencia que el conflicto político que se desarrolló en Acatlán de Osorio también tuvo una vertiente en redes sociales, aunque el TEEP diferenció esas expresiones de las conductas atribuidas directamente a los exfuncionarios municipales.
La denuncia comenzó ante la Sala Regional Ciudad de México
El procedimiento tiene antecedentes desde 2025. La denuncia de Maricruz Bello Nacer contra Guadalupe Lucero Bárcenas fue presentada originalmente ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y fue reencauzada al tribunal electoral poblano en diciembre de ese año.
Durante 2026, Bello Nacer mantuvo procedimientos ante las autoridades electorales relacionados con la entonces presidenta municipal y el Ayuntamiento de Acatlán. Registros del TEPJF muestran recursos vinculados con expedientes del TEEP promovidos por la exregidora.
En junio, TEEP ordenó ampliar la investigación
El 12 de junio de 2026, el Tribunal ordenó al Instituto Electoral del Estado realizar diligencias adicionales dentro de uno de los procedimientos, después de revisar la investigación desarrollada sobre la denuncia.
Ese proceso antecedió a la resolución que finalmente diferenció las responsabilidades: Guadalupe Lucero Bárcenas y el exsecretario quedaron fuera de responsabilidad por violencia política de género, mientras dos perfiles de Facebook sí fueron considerados responsables de este tipo de conducta contra Maricruz Bello Nacer.
*BC
