Congreso de Puebla aprueba reformas al artículo 480 sobre ciberasedio; endurece sanciones y reconoce contexto digital
Por 10 Julio, 2025Puebla, Pue. – Con 34 votos a favor y 6 en contra, la LXII Legislatura del Congreso local aprobó este 10 de julio las reformas al artículo 480 del Código Penal del estado de Puebla, que tipifica el delito de ciberasedio. Tras casi un mes de análisis, foros ciudadanos y debates legislativos, se redujo la pena mínima y se introdujeron salvaguardas para la libertad de expresión.
La modificación entrará en vigor una vez que sea publicada en el Diario Oficial del Estado (DOE), lo cual se espera en las próximas horas.
¿Qué implica la reforma al artículo 480?
Entre los puntos aprobados destacan:
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Reducción de la pena mínima: de 11 meses a 6 meses de prisión.
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Multa: de 50 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a entre $5,657 y $33,942 pesos.
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Aumento de sanción: si la víctima es niño, niña o adolescente, la pena puede aumentar hasta en dos terceras partes.
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Definición del delito: se castiga a quien, usando tecnologías digitales, redes sociales o correos electrónicos, hostigue, vigile, intimide u ofenda de forma reiterada, afectando la vida cotidiana o la integridad emocional o física de la víctima.
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Exclusión explícita: se aclara que no se sancionará la crítica al gobierno ni el ejercicio del periodismo legítimo.
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Delito de resultado: para configurarse, deberá comprobarse una afectación real.
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Evaluación contextual: la autoridad deberá analizar el contexto hasta tres veces para establecer si hay delito.
¿Cómo se votó y qué partidos respaldaron la reforma?
Los 34 votos a favor provinieron de Morena, PVEM, PT, FxM y PANAL. En contraste, votaron en contra:
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1 diputado del PRI
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5 diputados del PAN
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1 abstención por parte de Movimiento Ciudadano.

Morena defiende el cambio y señala errores del pasado
Durante la sesión, la presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez, subrayó que esta reforma marca una diferencia con las prácticas de legislaturas anteriores, en particular del moronovallismo.
Citó temas como:
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La Ley Bala y el caso de Chalchihuapan, donde murió un menor.
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La desaparición de Registros Civiles en Juntas Auxiliares.
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La deuda pública por obras como el Museo Internacional del Barroco (MIB) y el CIS.
“Hoy no hubo cerrazón. Los tiempos de antes no son los de ahora, hoy la gente sí es escuchada”, afirmó la legisladora morenista.
¿Por qué surge el artículo 480 de ciberasedio?
De acuerdo con datos oficiales del gobierno estatal, del 1 de enero al 6 de junio de 2025, se registraron los siguientes incidentes digitales:
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1,080 casos de ciberacoso
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51 casos de ciberasedio
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823 reportes de hackeo de redes sociales
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127 casos de usurpación de identidad
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19 casos de grooming
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651 casos de fraude
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3 de espionaje digital
El 93.84% de los casos se clasificaron como ciberasedio, frente al 6.16% que correspondieron a ciberacoso, lo que motivó la actualización del marco legal.
*ARD