Congreso de Puebla analiza nueva iniciativa para castigar el ciberasedio
Puebla, Pue- El Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza (PANAL) en el Congreso de Puebla anunció que retomará una iniciativa de reforma para regular el delito de ciberasedio, con el objetivo de diferenciarlo del ciberacoso y corregir los vacíos legales existentes en la legislación estatal.
La propuesta será impulsada por los diputados Elías Lozada Ortega y Leonela Martínez Ayala, quien explicó que el planteamiento busca mantener la esencia del delito, pero con adecuaciones jurídicas que permitan su correcta aplicación sin vulnerar derechos.
Buscan evitar que se normalice la violencia digital
La legisladora detalló que la iniciativa contempla modificar un párrafo y adicionar otro al artículo 480, mismo que anteriormente fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Según explicó, el ciberasedio se refiere a conductas reiteradas de vigilancia, hostigamiento o intimidación mediante medios digitales, por lo que consideró necesario establecer reglas claras para sancionar este tipo de violencia.
Asimismo, Leonela Martínez Ayala señaló que uno de los principales objetivos es evitar que la violencia digital sea normalizada entre la sociedad, especialmente en plataformas digitales y redes sociales.
PANAL propone socializar la reforma antes de su aprobación
A diferencia del proceso anterior, la diputada indicó que ahora buscarán abrir un periodo de socialización y análisis una vez que la iniciativa sea presentada ante el Pleno del Congreso local.
Con ello, PANAL pretende escuchar opiniones de especialistas, ciudadanos y sectores involucrados antes de avanzar con la reforma en materia de ciberasedio en Puebla.
En su momento el artículo 480 fue criticado por la redacción de su contenido, por eso en esta ocasión, según la congresista del PANAL, se van a acotar las conductas típicas para cumplir con el principio de taxatividad penal.
Incluso la redacción dicta adicionar un párrafo al Artículo 480 para aumentar la pena hasta en dos terceras partes cuando el asedio incluya la difusión de imágenes o videos que muestran agresiones físicas previas contra la víctima.
"No podemos normalizar la violencia digital. Existe una conducta nociva y es nuestra responsabilidad regular. Esta propuesta no es solo de un grupo, sino que busca el consenso de todas las y los legisladores, de la mano con la Dirección Jurídica del Congreso", cerró.
En Puebla, el ciberacoso se castiga dependiendo de la conducta realizada mediante redes sociales, mensajes, plataformas digitales o cualquier medio electrónico.
Entre las principales figuras legales que pueden aplicarse están: acoso u hostigamiento, amenazas, violencia digital, difusión de contenido íntimo sin consentimiento, suplantación de identidad y extorsión o intimidación digital.
Mientras que el ciberasedio que fue incorporado al Código Penal mediante el artículo 480 contempló sanciones para quien, de manera reiterada, utilizara medios digitales para intimidar, hostigar, vigilar, amenazar o agredir a otra persona. La legislación establecía penas de entre 11 meses y hasta 3 años de prisión.
*ARD
