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Congreso de Puebla analiza nueva iniciativa para castigar el ciberasedio

PANAL busca reformar el delito de ciberasedio en Puebla para corregir vacíos legales y diferenciarlo del ciberacoso tras fallo de la SCJN
Aure Navarro | 14 Mayo, 2026
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Puebla, Pue- El Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza (PANAL) en el Congreso de Puebla anunció que retomará una iniciativa de reforma para regular el delito de ciberasedio, con el objetivo de diferenciarlo del ciberacoso y corregir los vacíos legales existentes en la legislación estatal.

La propuesta será impulsada por los diputados Elías Lozada Ortega y Leonela Martínez Ayala, quien explicó que el planteamiento busca mantener la esencia del delito, pero con adecuaciones jurídicas que permitan su correcta aplicación sin vulnerar derechos.

Buscan evitar que se normalice la violencia digital

La legisladora detalló que la iniciativa contempla modificar un párrafo y adicionar otro al artículo 480, mismo que anteriormente fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Según explicó, el ciberasedio se refiere a conductas reiteradas de vigilancia, hostigamiento o intimidación mediante medios digitales, por lo que consideró necesario establecer reglas claras para sancionar este tipo de violencia.

Asimismo, Leonela Martínez Ayala señaló que uno de los principales objetivos es evitar que la violencia digital sea normalizada entre la sociedad, especialmente en plataformas digitales y redes sociales.

PANAL propone socializar la reforma antes de su aprobación

A diferencia del proceso anterior, la diputada indicó que ahora buscarán abrir un periodo de socialización y análisis una vez que la iniciativa sea presentada ante el Pleno del Congreso local.

Con ello, PANAL pretende escuchar opiniones de especialistas, ciudadanos y sectores involucrados antes de avanzar con la reforma en materia de ciberasedio en Puebla.

En su momento el artículo 480 fue criticado por la redacción de su contenido, por eso en esta ocasión, según la congresista del PANAL, se van a acotar las conductas típicas para cumplir con el principio de taxatividad penal.

Incluso la redacción dicta adicionar un párrafo al Artículo 480 para aumentar la pena hasta en dos terceras partes cuando el asedio incluya la difusión de imágenes o videos que muestran agresiones físicas previas contra la víctima.

"No podemos normalizar la violencia digital. Existe una conducta nociva y es nuestra responsabilidad regular. Esta propuesta no es solo de un grupo, sino que busca el consenso de todas las y los legisladores, de la mano con la Dirección Jurídica del Congreso", cerró.

En Puebla, el ciberacoso se castiga dependiendo de la conducta realizada mediante redes sociales, mensajes, plataformas digitales o cualquier medio electrónico.

Entre las principales figuras legales que pueden aplicarse están: acoso u hostigamiento, amenazas, violencia digital, difusión de contenido íntimo sin consentimiento, suplantación de identidad y extorsión o intimidación digital.

Mientras que el ciberasedio que fue incorporado al Código Penal mediante el artículo 480 contempló sanciones para quien, de manera reiterada, utilizara medios digitales para intimidar, hostigar, vigilar, amenazar o agredir a otra persona. La legislación establecía penas de entre 11 meses y hasta 3 años de prisión.

*ARD

Lo más "sano" es derogar artículo 480 sin crear nueva Ley Ciberasedio: Micalco

Ya son varias y graves las controversias legales recibidas en el Congreso, dijo el diputado
Aure Navarro | 29 Abril, 2026
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Puebla, Pue. El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Rafael Micalco Méndez, consideró más "sano" que no se busque aplicar una nueva propuesta de ley para castigar el Ciberasedio, después del revés que el Congreso local enfrentó de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es mejorar derogar el artículo 480 y con eso concluir el tema. 

Reconoció que los ánimos de los poblanos están "encendidos" sobre todo porque previo a la invalidez de la Ley de Ciberasedio, en los foros que se hicieron, no sólo los diputados de oposición expresaron su desacuerdo sino también especialistas, pero sobre todo los ciudadanos. 

"Si insisten en volver a presentar una iniciativa matizada, modificada, pero con el mismo fin, los ciudadanos se van a volver a molestar, no sólo por el tema del Cablebús sino nuevamente por el Ciberasedio", dijo el panista. 

El legislador recordó que la bancada del PAN votó en contra, pero además se advirtió que el planteamiento del artículo 480 de la Ley de Ciberasedio tenía fallas importantes que vulneraba los derechos humanos. 

 

“Es mejor derogar”

Dicha situación, dijo que con el paso del tiempo quedó demostrado que la Ley del Ciberasedio fue un revés para el Congreso local, para el coordinador de Gabinete, José Luis García Parra y como para el mismo estado de Puebla. 

El panista reiteró que lo más sano y cordial es dejar las cosas así, con la derogación del artículo 480 y sin dar paso a una nueva propuesta. 

Si bien lo ocurrido, expuso el panista no es una responsabilidad de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, sino de todos los involucrados, al final el resolutivo de la SCJN fue la que dio la razón a través del tiempo. 

El diputado del PAN enfatizó que no se trata de incidentes aislados, porque "no es la primera vez, ya son varias y son graves "las observaciones que el Congreso ha recibido a través de controversias legales.

 

 

Se analiza remiendo a la Ley Censura para atender observaciones de juez federal

Morena y Congreso aseguraron que se analizan posibles ajustes a la ley
Aure Navarro | 18 Enero, 2026
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Puebla, Pue. La dirigente estatal del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Olga Lucía Romero Garci-Crespo, informó que el Congreso local continuará trabajando en el análisis de posibles reformas a la denominada “Ley Censura”, luego de que un juez federal la declarará inconstitucional por segunda ocasión.

Olga Lucía Romero subrayó que el tema se encuentra en revisión dentro de la LXII Legislatura, la cual evaluará el alcance del fallo y las alternativas legales que podrían impulsarse.

Explicó que será a partir del análisis jurídico y político que se determine qué tipo de modificaciones podrían plantearse, destacando que el Congreso tiene la facultad de revisar y, en su caso, ajustar el marco normativo vigente.

Añadió que la prioridad será construir reformas que respeten los derechos fundamentales, sin dejar de atender los objetivos que dieron origen a la iniciativa.

En este contexto, la dirigente de Morena enfatizó que el debate al interior del Poder Legislativo sigue abierto y que no se descarta ninguna posibilidad, siempre y cuando las decisiones se tomen con base en criterios legales sólidos y en beneficio de la ciudadanía. 

“Será una decisión que se tome de manera colegiada, con el respaldo de los análisis que ya se están realizando”, puntualizó.

 

Se revisa determinación

Por su parte, el presidente del Congreso local, Pável Gaspar, confirmó que el asunto está siendo revisado por el Departamento Jurídico del Poder Legislativo. No obstante, aclaró que el amparo concedido por el juez federal no tiene efectos generales, fue otorgado únicamente a un particular y no a una comunidad entera, lo que abre un margen de interpretación sobre la vigencia y aplicación de la norma.

Gaspar señaló que esta situación permite al Congreso evaluar con mayor detalle el alcance del fallo judicial y considerar si es viable realizar una nueva reforma o mantener el texto actual con ajustes específicos. 

En ese sentido, reiteró que cualquier determinación se tomará con responsabilidad y respeto al marco constitucional.

Con estas posturas, quedó abierta la posibilidad de que la llamada “Ley Censura” sea objeto de una nueva modificación, particularmente en lo referente al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, el cual fue aprobado en julio de 2025 y ha generado un amplio debate jurídico y político en la entidad.

 

Artículo 480

Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional.

A la persona responsable de la conducta descrita en el párrafo anterior se le impondrá la pena de once meses a tres años de prisión y multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito.

Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima.

Lo anterior, motivado por el incremento del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en sus distintas modalidades, para la comisión de conductas dolosas que buscan afectar a las víctimas potenciales.

El tipo penal en cuestión se configuró atendiendo los siguientes elementos:

/ El uso de las TIC´s para su ejecución

/ A través de insultos, injuria, ofensa, agravio o vejación

/ Con la insistencia necesaria para causar daño o menoscabo a la integridad física o emocional del sujeto pasivo