Código Penal

Congreso de CDMX eleva a 15 años la edad en casos de estupro

CDMX aprueba reforma que eleva a 15 años la edad en casos de estupro, fortaleciendo la protección legal de menores ante delitos sexuales
Redacción | 28 Marzo, 2026
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El Congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó una reforma al Código Penal que eleva de 12 a 15 años la edad mínima considerada en casos de estupro, con el propósito de fortalecer la protección legal de niñas, niños y adolescentes.

La medida busca cerrar vacíos legales y evitar que situaciones de abuso queden fuera de sanción bajo criterios anteriores.

CDMX sube a 15 años la edad en delito de estupro

 

¿Qué es el delito de estupro?

El estupro es un delito que se configura cuando una persona mayor de edad mantiene relaciones con un adolescente mediante engaño o manipulación.

Con la reforma aprobada en la CDMX, se redefine el rango de edad para delimitar con mayor precisión cuándo se configura este delito y cuándo se trata de conductas más graves.

Congreso de CDMX eleva a 15 años la edad en casos de estupro

 

Cambios clave en la legislación

A partir de esta modificación al Código Penal, se establece que:

  • El delito de estupro aplicará en víctimas de entre 15 y 17 años
  • Los casos que involucren a menores de 15 años serán considerados delitos más graves
  • Se refuerza la clasificación de conductas que vulneran a adolescentes

Este ajuste permitirá una mejor diferenciación jurídica entre los distintos tipos de delitos sexuales.

 

Mayor protección para adolescentes

Uno de los principales alcances de la reforma es ampliar la protección de los menores de edad, especialmente en una etapa vulnerable como la adolescencia.

Entre los beneficios que destacan:

  • Mayor claridad en la aplicación de la ley
  • Protección reforzada ante relaciones desiguales
  • Reducción de vacíos legales que favorecían la impunidad

 

Penas y sanciones

El Código Penal de la CDMX contempla sanciones para el delito de estupro que pueden incluir:

  • De 1 a 5 años de prisión
  • Medidas adicionales según las circunstancias del caso

En situaciones donde la víctima sea menor de 15 años, las penas pueden incrementarse al tratarse de delitos de mayor gravedad.

Congreso de CDMX eleva a 15 años la edad en casos de estupro

 

Reforma en contexto de violencia sexual

Esta modificación forma parte de un paquete de reformas impulsadas en la CDMX para combatir la violencia sexual y garantizar justicia a las víctimas.

En los últimos años, se han promovido cambios enfocados en:

  • Endurecer sanciones
  • Ampliar la protección a menores
  • Fortalecer el marco legal en materia de género

 

Un paso hacia la protección integral

Especialistas coinciden en que elevar la edad en casos de estupro representa un avance en la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

No obstante, subrayan que el impacto real dependerá de:

  • La correcta aplicación de la ley
  • La capacitación de autoridades
  • El acceso efectivo a la justicia

*BC

 

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Se mantendrá la pena en la Ley de Ciberasedio; tres años de cárcel

Hasta el momento suman cinco amparos promovidos por particulares para proteger sus derechos
Aure Navarro | 30 Enero, 2026
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Puebla, Pue. El presidente del Congreso local, Pável Gaspar Ramírez, sostuvo que mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no emita una resolución que declare inconstitucional la Ley de Ciberasedio, la actual Legislatura no modificará el artículo 480 del Código Penal de Puebla.

Lo anterior pese a que el número de amparos promovidos por particulares va incrementado, al sumar cinco juicios emitidos por diferentes jueces.

Pável Gaspar aclaró que hasta el momento el Congreso local no ha sido notificado sobre el contenido del quinto amparo.

“Nosotros como Congreso somos respetuosos de los jueces del Poder Judicial y vamos a esperar a que la SCJN de un fallo, no hemos sido notificados, pero en el momento que eso ocurra el jurídico dará trámite a los recursos para su análisis y contestación.

El coordinador de la Bancada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) recordó que el artículo 480 fue modificado en su momento, incluso antes de que se diera el fallo sobre el primer amparo.

“Lo que busca el Congreso es la protección social de niños, niñas y jóvenes, como mujeres para la estabilidad social. No puedo comentar algo que aún está en estudio. Todo es suposición en el Congreso estamos en espera”, citó el morenista.

Al corte de 27 de enero de este 2026, suman cinco amparos promovidos por particulares para proteger sus derechos ante la Ley de Ciberasedio.

El artículo 480 plantea penas de hasta tres años de prisión a quien cometa actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación y ofensa mediante el uso de las tecnologías de la información o redes sociales, es inconstitucional y violatorio de derechos humanos.