Celebran en Puebla fallo del TEPJF sobre promoción del voto para elección judicial

Celebran en Puebla fallo del TEPJF sobre promoción del voto para elección judicial

Estas figuras tienen que evitar llamar al voto aludiendo a una candidatura en específico, mantenerse con campañas de comunicación social sin sesgo
Por Aurelia Navarro 11 Abril, 2025

Puebla, Pue- La secretaría de gobernación federal, Rosa Icela Rodríguez Velázquez, diputados federales y locales con representación en Puebla celebraron la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación (TEPJF) que mandata que además del Instituto Nacional Electoral (INE), el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial podrán promover el voto para la elección judicial.
 

Ampliación de derechos y actores
 

Rosa Icela Rodríguez Velázquez especificó que ese mismo derecho se amplía a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE`s) como personas servidoras públicas, para el día 1 de junio de este año.
 

Reglas claras para la promoción
 

Pero hay reglas, estas figuras tienen que evitar llamar al voto aludiendo a una candidatura en específico, mantenerse con campañas de comunicación social sin sesgo, o apoyo a determinada candidatura. Para el caso de los estados, estos podrán promover campañas institucionales de carácter estrictamente informativo, educativas y orientación social del proceso, pero tienen prohibido hacer uso de imágenes, nombres, símbolos que se relacionen con la imagen de los candidatos.
 

Limitaciones y especificaciones de la sentencia
 

El Poder federal no puede promover la elección local, y viceversa, tampoco se pueden usar logos institucionales porque esa es facultad exclusiva de los INE y OPLES. Los candidatos en funciones no pueden participar en la propaganda institucional. Para esto se tienen reglas específicas de la sentencia:

  1. La autoridad puede hacer promoción, pero cuidando que sea genérica, sin mencionar partidos o candidatos.

  2. Se pueden usar recursos públicos para promover la elección judicial, pero solo en caso de que estén destinados a la comunicación social, con propaganda de carácter institucional, con fines informativos, sin vulnerar los principios de neutralidad e imparcialidad.

  3. Los spots o publicaciones en internet no deben identificar al órgano que los emite.

  4. En ningún momento se deberán mostrar nombres, logos, slogan, imágenes de la persona candidata o cualquier referencia que las pueda hacer identificable.

  5. Los promocionales deberán incluir un cintillo que señale expresamente que los fines son informativos.

*ARD

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