Con Ley de 3 de 3, violentadores no accederán a candidaturas o cargos públicos

Con Ley de 3 de 3, violentadores no accederán a candidaturas o cargos públicos

Diputadas aseguraron que con la aprobación de la Ley 3 de 3, en Puebla los violentadores no podrán acceder a una candidatura para el próximo proceso electoral
Por Aurelia Navarro 19 Mayo, 2023

Puebla, Pue- Con la aprobación por unanimidad de la Ley 3 de 3, en el estado de Puebla para el proceso electoral de 2023-2024, violentadores o agresores sexuales no podrán tener acceso a la postulación de una candidatura u ocupar un cargo como servidor público.

La diputada Yolanda Gámez, precisó que este decreto entrara en vigor 90 días antes de que inicie el proceso electoral del próximo año, de ahí su relevancia.

Además de sancionar a los agresores, expuso que esta Ley 3 de 3 permitirá inhibir las conductas de violentadores que hoy se sientes “incontables e influentes”.

La diputada de Tecamachalco, Ruth Zarate recordó que ella fue víctima de violencia política en razón de género hasta por cuatro años, años en los que acudió al Congreso local donde su queja fue minimizada cerrándole las puertas a su problema. 

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Por su parte, la diputada por el Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva externó “tendremos una Puebla libre de violencia”, y pidió a todas las dependencias de gobierno a actuar en consecuencia para seguir avanzando a favor de los derechos de las mujeres.

La congresista desglosó las causales que llevara a toda persona hombre o mujer, ser reconocidos como violetadores logrando así la suspensión de los derechos como candidato o candidatas a quienes ejerzan cualquier tipo de violencia: 

  1. Que tengan sentencia forme por la intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal.
  2. Contra la libertad y seguridad sexuales.
  3. El normal desarrollo psicosexual.
  4. Violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica.
  5. Por violación a la intimidad sexual
  6. Por violencia política contra las mujeres en razón de género en cuáquera de sus modalidades
  7. Ser declarada como persona deudora alimentaria o morosa.

Con estos supuesto no se podrá acceder a un cargo de elección popular o ser nombrado para empleo, cargo o función del servicio público.

“Esta reforma busca eliminar de las filas de quienes representan a la ciudadanía y toman y ejecutan decisiones públicas a todas personas que ejerzan violencia especialmente contra mujeres, en estado de necesidad, niñas y niño y adolescentes”.      

Las reformas se hicieron a los artículos 38 y 102 de la Política de Estados Mexicanos, por lo que entrará en vigor 90 días antes del inicio del proceso electoral 2023-2024.

*ARD