Diputados reducen de 68 a 65 años la edad para que adultos mayores tengan derecho a recibir pensión
Por 25 Octubre, 2024Con la reforma que la Cámara de Diputados aprobaron, lograron reducir de 68 a 65 años de edad que las personas adultas mayores reciban una pensión por parte del Estado, esta reforma constitucional a los artículos 4º y 27 permite otorgar a las personas con discapacidad permanente, menores de 65 años, una pensión no contributiva.
El dictamen fue aprobado en lo particular, con cambios, por una mayoría calificada de 408 votos a favor, 65 en contra y cero abstenciones. Fue enviado al Senado para que sea discutido y, en su caso, aprobado.
Se trata de una de las reformas constitucionales que presentó el expresidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 5 de febrero y que fue dictaminada por la anterior legislatura.
Señala también que el Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente, dando prioridad a las personas menores de 18 años de edad.
Además, establece que se aplicará el principio de progresividad p ara la asignación de los recursos y que el monto de éstos no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del asignado en los ejercicios anteriores.
Además, en el artículo 27 constitucional, establece que el Estado garantizará la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas, así como un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala.
Indica que el Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable.
Los diputados rechazaron la mayoría de las reservas que presentó la oposición e incluso Morena, y solo aprobó la reserva que presentó la diputada petista Lilia Aguilar Gil (PT) para modificar el párrafo séptimo del artículo 4º, a fin de cambiar los términos “familia” por “persona” y “vivienda digna y decorosa” por “vivienda adecuada”.
Además, se adicionó el artículo Sexto Transitorio para señalar que “el Congreso de la Unión dispondrá de un plazo de 180 días, a partir de la publicación del decreto, para armonizar la legislación secundaria en materia de vivienda adecuada”.
Aguilar Gil explicó que actualmente dicho artículo menciona que “toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa”, por lo que planteó cambiar el texto para establecer que “toda persona en lo individual tiene derecho a una vivienda adecuada”.
Precisó que se cambia al término “adecuada” conforme la Agenda 2030 y las determinaciones de ONU-Habitat que definen que adecuada incluye seguridad en la tenencia, disponibilidad en los servicios, accesibilidad, habitabilidad, asequibilidad, lugar y adecuación cultural.
*ANN