Jueza da un plazo de 24 horas para eliminar la publicación de la reforma judicial

Jueza da un plazo de 24 horas para eliminar la publicación de la reforma judicial

La jueza décimo novena de distrito del estado de Veracruz emitió una resolución en la que da 24 horas para eliminar del DOF la publicación de la reforma judicial
Por Redacción 18 Octubre, 2024

Una jueza federal ordenó a la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y al titular del Diario Oficial de la Federación (DOF), Alejandro López González, eliminar la publicación de la Reforma Judicial en un plazo de 24 horas.

Nancy Juárez Salas, jueza décimo novena de distrito del estado de Veracruz, señaló en su resolución que, en caso de no acatar este mandamiento judicial, dará vista al Ministerio Público de la Federación por el desacato a una suspensión judicial establecido en la Ley de Amparo.

“Se requiere a las autoridades responsables Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos y director del Diario Oficial de la Federación, con sede en la Ciudad de México, para que dentro del término de 24 horas, contado a partir de que le sea notificada la presente resolución, informen y acrediten el cumplimiento dado a la suspensión concedida a la parte quejosa en el presente juicio; esto es, deberán acreditar que acataron en sus términos la misma, conforme a los lineamientos establecidos en esta interlocutoria”, detalla el acuerdo.

Deberán acreditar que acataron en sus términos la misma, conforme a los lineamientos establecidos en esta interlocutoria

 

Acuerdo de la Jueza Nancy Juárez Salas

“Se aperciben a las autoridades responsables que de no cumplir con el requerimiento formulado en esta resolución, se dará vista al Ministerio Público de la Federación por el delito que establece la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo”, indica la resolución.

 

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Dicho artículo refiere que se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión (como es el caso) “no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra”.

Si bien la resolución apercibe con dar vista a la Fiscalía General de la República, dado que el desacato de una suspensión judicial es un delito federal, estos señalamientos son frecuentes en los amparos, y pueden impugnarse ante tribunales colegiados.

La determinación de Juárez Salas se da luego de que la jueza resolviera que Presidencia incumplió la suspensión provisional que el pasado 15 de septiembre emitió, en la que se prohibía la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con el expediente judicial 823/2024, el pasado 20 de septiembre la jueza federal concedió una suspensión definitiva para la eliminación del decreto por el que se reformaron diversos artículos al Poder Judicial de la Federación, aunque dicha resolución tampoco la acató el ahora expresidente Andrés Manuel López Obrador.

El pasado 15 de septiembre, López Obrador, en compañía de Claudia Sheinbaum Pardo, publicó un video donde firmaba el decreto de la reforma judicial y, por ende, se oficializaba su publicación en el DOF.

Dichas modificaciones al PJF contemplan la elección de jueces, magistrados y ministros mediante el voto popular. Además, contempla la reducción del Pleno de la SCJN de 11 a nueve ministros, así como la eliminación del Consejo de la Judicatura Federal para ser sustituido por un Órgano de Disciplina Judicial y otro de Administración.

Con información de El Sol de México

*BC

 

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