¡SAT gana otro “Round” en pleito fiscal contra Elektra!: Salinas Pliego deberá pagar 2 mil 11 mdp

¡SAT gana otro “Round” en pleito fiscal contra Elektra!: Salinas Pliego deberá pagar 2 mil 11 mdp

La empresa alegó pérdidas por la venta de acciones, pero el Tribunal Colegiado considera que debe pagar el adeudo reclamado por el SAT
Por Redacción 6 Junio, 2024

Este miércoles, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) obtuvo una victoria más en el conflicto fiscal que mantiene con Grupo Elektra.

El décimo octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito negó el amparo solicitado por la empresa, respaldando así la postura del SAT.

El tribunal decidió que Grupo Elektra tiene la obligación de pagar un adeudo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal 2008, el cual asciende a aproximadamente 2 mil 11 millones de pesos, cifra actualizada al día de hoy.

 

Contexto del conflicto con Salinas Pliego

El SAT, encargado de la recaudación y fiscalización de impuestos en México, determinó que Grupo Elektra, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, debía una considerable cantidad por concepto de ISR.

La empresa argumentó que no había pagado dicho impuesto debido a supuestas pérdidas derivadas de la venta de acciones de otras compañías.

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En respuesta a la determinación del SAT, Elektra recurrió a un juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para impugnar la decisión. Sin embargo, la sentencia en primera instancia fue favorable al SAT, lo que llevó a la empresa a objetar en una segunda instancia.

 

Segunda derrota en tribunales

La empresa volvió a perder en la segunda instancia, ya que el tribunal desechó sus argumentos.

Este fallo ha reafirmado que Elektra tiene la obligación de cubrir el adeudo fiscal correspondiente, consolidando la postura del SAT en este prolongado conflicto legal.

A pesar de las derrotas en las instancias previas, Elektra aún tiene la opción de impugnar esta resolución ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). De considerar esta opción, la empresa buscaría revertir las decisiones desfavorables en una última instancia judicial.

Con información de El Imparcial

 

*BC