Nora Merino urgió aprobar Ley 3 de 3 para evitar que deudores y violentadores participen en elecciones de 2024

Nora Merino urgió aprobar Ley 3 de 3 para evitar que deudores y violentadores participen en elecciones de 2024

Nora Merino urgió aprobar la Ley 3 de 3 para evitar que deudores alimentarios, violentadores de familias y en política de género participen en comicios de 2024
Por Aurelia Navarro 16 Mayo, 2023

Puebla, Pue- La diputada por el Partido del Trabajo (PT), Nora Merino Escamilla urgió aprobar en este mes la Ley 3 de 3, para evitar que deudores alimentarios, violentadores de familias y en política de género participen en el proceso electoral de 2024.

Precisó que la 3 de 3 “local” fue presentada por ella desde el 15 de marzo de este año, mientras que la federal fue aprobada en abril de este año por el Senado de la República, por lo que no hay motivo para tener la propuesta local en pausa.

Sugirió a sus iguales de la LXI Legislatura que en lugar de seguir presentando más iniciativas mejor se desahoguen las que se tienen sobre la mesa en comisiones como la Ley Sabina y Ley 3 de 3.

Nora Merino precisó que junto con su igual Daniela Mier Bañuelos han realizado mesas de trabajo donde se ha involucrado a las colectivas que impulsan el tema, por lo que la Ley 3 de 3 “está lista” para ser aprobada, primero en su dictamen y después ante el Pleno del Congreso local. 

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Señaló que el padrón de deudores alimentarios a nivel nacional ya es una realidad, por lo que ahora toca actuar en Puebla.

“La Ley 3 de 3 tiene que ir, la Ley 3 de 3 tiene que salir, (…) para que nadie que sea deudor alimentario, que haya cometido o tenga una sentencia por violencia familiar y nadie que haya cometido violencia política de género sea candidato o candidata en el siguiente proceso electoral”.   

Explicó que la Ley 3 de 3 en lo local tendría las siguientes especificaciones:

  • “Artículo 36 Fracción III: gozar de buena reputación y no haber sido condenado por violencia política de género, ser deudor alimentario o violentador familiar.
  • Artículo 74 en la Fracción VI: gozar de buena reputación y no haber sido condenado por violencia política de género, ser deudor alimentario o violentador familiar.     
  • Artículo 89 Fracción IV: que goce de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se trata de robo, fraude, abuso de confianza, violencia política de género, violencia familiar y deudor alimentario, se inhabilitara para el cargo cualquiera que haya sido la pena.

*ARD