Consulta contra expresidentes es una farsa y no hay que participar: FOX

Consulta contra expresidentes es una farsa y no hay que participar: FOX

Fox ha reconocido que en 2006 intervino de manera indebida para que ganara Felipe Calderón
Por Redacción 28 Junio, 2021

Vicente Fox, expresidente de México pidió a sus seguidores evitar participar en la consulta popular promovida por Andrés Manuel López Obrador, contra los exmandatarios, que se llevará a cabo el próximo domingo 1 de agosto.

A través de su cuenta de Twitter, Fox Quesada pidió no prestarse a “esta farsa“y hace “el vacío total”.

El llamado del político guanajuatense generó reacciones encontradas entre los usuarios de Twitter. Algunos se mostraron a favor de la visión del expresidente, mientras otros llaman a participar en la consulta ciudadana.

Lee: Consulta contra expresidentes es un ejercicio no sólo legal, sino moral
 

Esta consulta popular se llevará a cabo el próximo 1 de agosto y busca comenzar un proceso de investigación y juicio en contra de los expresidentes de México Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

De acuerdo con información del Gobierno federal, se necesitan 37 millones de votos para que el resultado sea vinculante y se pueda iniciar el proceso contra los exmandatarios.

La pregunta original mencionaba por nombre y pedía indagar la “presunta comisión de delitos” de los expresidentes, la Suprema Corte cambió el cuestionamiento.

Además, Fox ha reconocido que en 2006 intervino de manera indebida para que ganara Felipe Calderón, ya que quería evitar a toda costa el triunfo de López Obrador, quien ese año se postuló por primera vez a la Presidencia.

Te puede interesar: AMLO señala motivos para enjuiciar a expresidentes de Fox a Peña Nieto


 

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el apartado de las responsabilidades de los servidores públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y patrimonial del estado, el artículo 108 establece:

"Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.

Los ejecutivos de las entidades federativas, los diputados a las Legislaturas Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, los integrantes de los Ayuntamientos y Alcaldías, los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía, así como los demás servidores públicos locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales.

Las Constituciones de las entidades federativas precisarán, en los mismos términos del primer párrafo de este artículo y para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Dichos servidores públicos serán responsables por el manejo indebido de recursos públicos y la deuda pública.

Te puede interesar: Circula en redes sociales carteles para la consulta de juicio a expresidentes


 

Los servidores públicos a que se refiere el presente artículo estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley."

*MG