A debate la Ley de Ciberseguridad para evitar que sea inconstitucional
Por 16 Junio, 2025Puebla, Pue. La presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez confirmó que a partir de esta semana darán inicio con las mesas de trabajo, diálogo y debate para analizar el impacto de la Ley de Ciberseguridad en la aplicación de ciberacoso, a fin de aclarar que no se trata de una “Ley Censura”.
Congreso abre la puerta a reformas ante posible inconstitucionalidad
Laura Artemisa García Chávez abrió la posibilidad de que la reciente ley aprobada pueda ser enriquecida para modificarse, con esto se evitaría cualquier riesgo de que sea declarada como inconstitucional.
Esto se dio en respuesta a la petición que hizo el gobernador Alejandro Armenta Mier directamente a Laura Artemisa, para que en estos foros se tenga la presencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CDH).
Además de periodistas, padres de familia y abogados para llevar a cabo el análisis del impacto que pueda tener la Ley que aprobó la LXII Legislatura el pasado jueves 12 de junio, en medio de un rechazo de la oposición.
La petición que extendió el gobernador fue directamente a la presidenta del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez, expuso que la intención de estos diálogos es “proteger los derechos humanos universales con el mayor consenso posible”.
Artemisa García Chávez respondió que se revisará el impacto de la reforma a la Ley, siempre teniendo como objetivo garantizar los derechos de la libertad de expresión, “con una responsabilidad ciudadana teniendo como prioridad a las infancias y juventudes”.
El Congreso local aprobó con 35 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención la Ley de Ciberseguridad para castigar con cárcel a quienes cometan tres delitos que ya fueron tipificados, usurpación de identidad, ciberasedio y espionaje digital.
Dicho documento fue publicado en el Diario Oficial de Puebla al día siguiente, el 13 de junio, y entró en vigor el 14 de junio.
¿Qué sanciona la Ley de Ciberseguridad?
El delito de ciberasedio dicta un castigo de 11 meses a 3 años de prisión, así como una multa que puede ir de los 5 mil 657 a los 39 mil 599 pesos. Cuando la víctima sea una persona menor de edad, se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima.
El Artículo 480 dicta que se comete el delito de ciberasedio cuando alguien, utiliza las "tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
Uno de los apartados que más ha sido cuestionado en su aplicación es el “insulto” ya que es ahí cuando se puede caer en diversas interpretaciones.
*BC