La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) corregirá un error en el conteo de votos que llevó a avalar indebidamente un proyecto relacionado con el pago retroactivo de pensiones jubilatorias de trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). La rectificación se hará pública el próximo lunes, durante la votación del acta de la sesión correspondiente.
El incidente ocurrió en la primera semana de funciones del nuevo secretario general de Acuerdos, Daniel Álvarez Toledo, quien informó que existía mayoría para aprobar el proyecto del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, cuando en realidad cinco ministros votaron en contra y cuatro a favor.
Así se produjo la confusión en la Corte
Durante la sesión pública, el secretario anunció que el proyecto había alcanzado los votos necesarios para convertirse en criterio obligatorio. Con base en esa información, el presidente del máximo tribunal dio por resuelta la contradicción de criterios y cerró la sesión.
Sin embargo, al revisar la votación minutos después, los ministros detectaron la equivocación y solicitaron corregir formalmente el acta.
La Corte notificará el resultado real
Fuentes del alto tribunal señalaron que la SCJN corregirá el acta de la sesión, la someterá a votación el lunes y notificará a las partes involucradas en el juicio sobre el resultado verdadero, lo que evitará que el proyecto sea considerado jurisprudencia obligatoria.
Qué establecía el proyecto rechazado
El proyecto planteaba que los trabajadores debían presentar primero una solicitud ante la CFE, a través del sindicato, para poder exigir judicialmente el pago retroactivo de su pensión jubilatoria. Sin ese trámite previo, no podrían reclamar el derecho ante tribunales.
Origen del conflicto jurídico
El asunto llegó a la Corte por una contradicción de criterios entre tribunales federales:
Dos tribunales del Primer Circuito negaron el pago retroactivo si no se acreditaba la solicitud previa.
Un tribunal del Octavo Circuito sí lo permitió, al considerar que esa cláusula no debía aplicarse a una trabajadora de confianza.
La SCJN debía unificar el criterio, pero el error técnico retrasó la resolución definitiva.
Con información de La Jornada
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