La CDMX decide someter a motos eléctricas al reglamento de tránsito
Por 4 Marzo, 2025El Gobierno de la Ciudad de México ha anunciado una serie de reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito con el propósito de regular el uso de motocicletas eléctricas, mejorar la seguridad vial y fomentar un tránsito más ordenado en la capital.
Entre las nuevas disposiciones, se establece que cualquier motocicleta eléctrica que supere los 25 km/h será considerada un vehículo motorizado y deberá contar con placas, tarjeta de circulación y cumplir con las normativas de tránsito al igual que las motocicletas de combustión interna. Asimismo, se prohíbe su circulación en ciclovías, banquetas y carriles exclusivos para transporte público, medida que busca prevenir accidentes y reducir el riesgo para peatones y ciclistas.
Otra de las modificaciones clave es la regulación de motocicletas con permisos de circulación expedidos en otros estados. A partir de la entrada en vigor de la reforma, será obligatorio registrarlas ante la Secretaría de Movilidad (Semovi) en un plazo máximo de un mes para garantizar un mejor control de los vehículos en la ciudad.
Estas medidas responden a la creciente preocupación por el número de accidentes en la capital. Durante el tercer trimestre de 2024, se registraron 19,207 incidentes de tránsito, lo que representa una disminución del 10.6% en comparación con el trimestre anterior. Sin embargo, el número de víctimas fatales sigue siendo preocupante, con 106 personas fallecidas, de las cuales el 49% eran motociclistas.
La jefa de Gobierno, Clara Brugada, aseguró que estas reformas son esenciales para salvar vidas y mejorar la circulación en la capital. Explicó que el aumento en el uso de motocicletas eléctricas ha generado la necesidad de establecer reglas más claras para su operación.
Medidas para la regulación de motocicletas eléctricas
Las reformas incluyen cambios específicos para mejorar la seguridad vial, entre los que destacan:
- Considerar motocicletas eléctricas como vehículos motorizados si superan los 25 km/h.
- Obligación de portar placas, tarjeta de circulación, casco y luces encendidas al circular.
- Prohibición de circulación en ciclovías, banquetas y carriles confinados para transporte público.
- Registro obligatorio ante la Semovi para motocicletas con permisos expedidos en otros estados.
- Homologación de la clasificación de motocicletas eléctricas en la Ley de Movilidad y su Reglamento.
El secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, informó que en la Ciudad de México circulan más de 750,000 motocicletas, incluyendo las eléctricas y las de combustión interna. Destacó la importancia de regular estos vehículos para evitar accidentes y garantizar un tránsito más organizado.
Reglas para otros vehículos de micromovilidad
Además de las motocicletas eléctricas, el gobierno capitalino ha reforzado la regulación de patines eléctricos y monopatines. Aquellos que no superen los 25 km/h serán considerados vehículos no motorizados y deberán cumplir con las siguientes normas:
- Circular exclusivamente por ciclovías cuando estén disponibles.
- Indicar cambios de dirección mediante señales manuales.
- No transitar por banquetas, zonas peatonales ni carriles exclusivos de transporte público.
- En calles sin infraestructura ciclista, desplazarse preferentemente por el carril derecho.
La consejera jurídica de la ciudad, Eréndira Cruz Villegas, aseguró que la armonización de estas normativas permitirá mejorar la seguridad vial y garantizar una circulación más ordenada. “El objetivo es prevenir accidentes y optimizar la movilidad en la ciudad”, explicó.
Las autoridades recalcaron que estas reformas forman parte de una estrategia integral para mejorar la movilidad y seguridad vial en la Ciudad de México. Con estas medidas, se busca reducir accidentes y establecer normas claras para la circulación de todos los vehículos, sean motorizados o no.
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