También urgen modificaciones en órganos electorales estatales, dice Barbosa

También urgen modificaciones en órganos electorales estatales, dice Barbosa

Aunque es pequeño, el Plan B de López Obrador limitará excesos del INE: Miguel Barbosa
Por Silvino Cuate 7 Diciembre, 2022

Puebla, Pue. El gobernador Miguel Barbosa Huerta celebró la aprobación del Plan B de la reforma electoral, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la cual obtuvo 261 votos a favor y 216 en contra (de la oposición) durante la votación que ocurrió en la madrugada de este miércoles en la cámara de diputados federales, para que el paquete sea turnado al Senado.

"Es una reforma pequeña, porque requiere un cambio constitucional, pero que sirve para que los excesos que se comente desde el INE, se limiten, hay muchos excesos que se han cometido desde la autoridad electoral, así de simple y se volvieron rivales, en contra del actual gobierno, eso es innegable", dijo.

Barbosa enfatizó que, con urgencia debe existir una modificación a los órganos de cada Estado, al igual que los procedimientos de integración que los conforman, para evitar las cuotas partidarias.

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"Las instituciones hay que cuidarlas, hay que protegerlas, pero no hay que dejar que se deformen, y nadie en México puede estar de acuerdo, en decir que el INE no requiere una transformación, requiere una transformación", refirió.

Señaló que este órgano electoral, con el paso del tiempo se ha convertido en una institución de derecha, y no están comprometidas, con una vocación democrática, para el país y los votantes.

Cabe mencionar que, los diputados incluyeron cambios en el Artículo 52 de la Ley General de Partidos Políticos, para que “los partidos políticos con registro nacional vigente conservarán su registro local y obtengan financiamiento público en la entidad correspondiente, con la sola conservación de su acreditación nacional”.

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Además, “los partidos políticos, en caso de así decidirlo, podrán utilizar los remanentes de sus recursos públicos y privados para los fines que constitucionalmente les fueron otorgados en subsecuentes ejercicios fiscales, así como también podrán utilizarlos para la elección federal o local siguiente. Las reglas que determinen el financiamiento local de los partidos se establecerán en las legislaciones locales respectivas”.

Mientras que, en el artículo 12 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se agregó que “los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de Candidatura Común. En este caso aparecerá en un mismo recuadro de la boleta electoral el logo o emblema de los Partidos que decidan participar en esta modalidad. Los Partidos deberán celebrar un convenio de distribución de los votos emitidos”.

Se menciona que, en el artículo 15 se añade que “al partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro, salvo que haya conservado el registro como partido local, obteniendo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas en donde se haya desarrollado una elección concurrente, esto aplicará para la elección donde se elijan Presidente de la República, senadurías y diputaciones federales, así como en la elección donde sólo se renueve la Cámara de las y los Diputados”.

 

*BC